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Caribe

Procuraduría investiga al alcalde de Sabanalarga por posible incumplimiento de la ley de cuotas de género

La Procuraduría abrió investigación contra el alcalde José Elías Chams Chams por una presunta vulneración de la norma que garantiza la participación paritaria de mujeres en cargos directivos del sector público.

La Procuraduría General de la Nación inició una investigación disciplinaria contra el alcalde de Sabanalarga, Atlántico, José Elías Chams Chams, por presunto desconocimiento de la Ley 581 de 2000, modificada recientemente por la Ley 2424 de 2024, que regula la participación adecuada y efectiva de las mujeres en los niveles decisorios de las entidades públicas.

El proceso busca establecer si el mandatario local incurrió en una posible falta disciplinaria al no garantizar el cumplimiento del porcentaje mínimo legal del 50 % de mujeres en cargos de dirección. Según datos preliminares recopilados por el ente de control, la administración municipal de Sabanalarga cuenta actualmente con una representación femenina del 28,56 % en dichos cargos.

La investigación también involucra al secretario general del municipio, Jaime Andrés Corbacho Vargas, y a Paola Margarita Castillo Velasco, profesional adscrita a la Oficina de Talento Humano. La Procuraduría busca determinar si ambos funcionarios tuvieron responsabilidad en los nombramientos que derivaron en el presunto incumplimiento del mandato legal.

“El ente de control recordó que la Ley 581 del 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024, dispone que la participación adecuada de la mujer en los niveles del poder, tanto en los cargos de máximo nivel decisorio como en los de otros niveles, debe ser del 50 % como mínimo”, señaló la Procuraduría en un comunicado oficial.

Como parte del proceso disciplinario, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Barranquilla ordenó la práctica de pruebas para esclarecer los hechos. Además, notificó a los investigados sobre su derecho a rendir versión libre y les recordó los beneficios contemplados en el Código General Disciplinario en caso de confesión o aceptación de los cargos. Las notificaciones podrán hacerse mediante medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 122 del mismo código.