Economía
El Consejo de Estado suspende el decreto del salario mínimo para 2026
La Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, el cual fijaba el salario mínimo para 2026, ordenando al Gobierno Nacional expedir un nuevo ajuste técnico en ocho días.
La Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo para 2026 con un incremento del 23,7 %, y ordenó la expedición de un nuevo decreto transitorio en un plazo máximo de ocho días calendario.
La medida cautelar detiene los efectos jurídicos del aumento que ubicaba el salario mínimo legal mensual en $1.746.882 y el denominado “salario mínimo vital” en $2.000.000, al sumar el auxilio de transporte de $249.095. La decisión regirá mientras se profiere sentencia de fondo dentro del proceso de nulidad.
En el auto, el alto tribunal dispuso: “A título de medida cautelar, ordenar a las entidades demandadas que, dentro de los ocho días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, realicen, expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia, que regirá hasta tanto se dicte sentencia en el proceso”.
La determinación obliga al Ejecutivo a expedir un nuevo acto administrativo de carácter transitorio, ajustado a los parámetros técnicos de inflación y productividad correspondientes a la vigencia anterior, con base en las cifras oficiales del DANE. Según el magistrado ponente, la fijación del salario mínimo debe responder a criterios de proporcionalidad, concertación y sostenibilidad macroeconómica.
El proceso se originó tras varias demandas que cuestionan la motivación del decreto y su conformidad con la ley y la Constitución. Entre los accionantes se encuentra Fenalco, que solicitó la suspensión del acto administrativo. También se han presentado tutelas relacionadas con la aplicación del incremento.
Como antecedente, en 2017 el Consejo de Estado adoptó una decisión similar, aunque en ese caso ordenó un reajuste al alza por considerar insuficiente el incremento decretado. En esta oportunidad, la controversia gira en torno a un presunto exceso en el porcentaje fijado, que el Gobierno calificó como un aumento sin precedentes.
Mientras se expide el nuevo decreto transitorio, persiste la expectativa sobre la cifra que regirá provisionalmente y sobre los efectos que podría tener una eventual nulidad en los pagos ya realizados. La decisión definitiva será adoptada una vez culminen las etapas procesales en el alto tribunal.