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Justicia

Acción de tutela busca suspender incremento del salario mínimo para 2026

El exmagistrado Alejandro Linares radicó una acción de tutela que solicita la suspensión provisional del aumento del 23,7 % en el salario mínimo, argumentando vulneraciones al debido proceso.

El exmagistrado y expresidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares Cantillo, presentó ante un juzgado de Bogotá una acción de tutela contra el decreto que fijó el aumento del salario mínimo para el año 2026. El recurso legal, interpuesto en representación del empresario Alexander Donato Rondón, sostiene que el Gobierno Nacional incurrió en una vulneración del derecho fundamental al debido proceso administrativo. La demanda se dirige específicamente contra la Presidencia de la República y los ministerios de Hacienda y Trabajo, entidades responsables de la expedición de la norma que elevó la remuneración básica mensual.

La argumentación del demandante se centra en el desconocimiento del mandato constitucional de concertación tripartita que debe regir la fijación del salario mínimo en el territorio colombiano. Según el documento judicial, el Ejecutivo adoptó la decisión de manera unilateral sin alcanzar un acuerdo unánime en la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales. Linares afirma que el Gobierno omitió los criterios técnicos de productividad y la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) establecidos de forma taxativa en la Ley 278 de 1996.

El texto de la tutela advierte que el incremento decretado genera barreras económicas que afectan la viabilidad financiera de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes). El exmagistrado señala que este sector representa el 99,7 % del tejido empresarial nacional y carece de la capacidad para absorber un aumento del 23,7 % sin comprometer su estabilidad operativa. El demandante enfatiza que la medida podría derivar en cierres definitivos, recortes de jornadas laborales y una reducción significativa de los puestos de trabajo formales en el país.

Como medida cautelar, la acción judicial solicita la suspensión inmediata de los efectos del decreto mientras se produce un fallo de fondo sobre la legalidad del acto administrativo. Linares justifica la necesidad de esta medida provisional ante la posibilidad de que se generen perjuicios económicos irremediables para el aparato productivo. El documento resalta que el impacto fiscal de la medida fue advertido previamente por el Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF), organismo que señaló posibles presiones sobre las finanzas públicas y el recaudo tributario nacional.

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Por su parte, el presidente Gustavo Petro defendió la legalidad del decreto y vinculó el ajuste a la implementación de un concepto denominado salario vital. El mandatario explicó, a través de canales oficiales, que el valor de $2.000.000 se fundamenta en estadísticas del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) sobre la canasta básica familiar. Petro sostuvo que los costos al productor disminuyeron un 2,6 % en 2025, lo cual, a su juicio, desvincula el aumento salarial de las presiones inflacionarias reportadas por los gremios económicos.

El proceso jurídico se desarrolla de manera paralela a las demandas de nulidad que ya cursan ante el Consejo de Estado bajo el argumento de falsa motivación. El sistema judicial deberá determinar si el Ejecutivo se apartó de sus facultades legales al introducir criterios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por encima de la legislación interna vigente. Mientras se resuelve la tutela, el decreto mantiene su fuerza ejecutoria, obligando a las empresas a aplicar el nuevo ajuste salarial en las nóminas correspondientes al inicio del presente año.

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