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“Me quieren censurar”: Petro rechaza fallo que limita transmisión de consejos de ministros
El presidente calificó como censura la decisión judicial que prohíbe difundir los consejos de ministros en canales privados. Mientras el Gobierno anuncia que impugnará el fallo, el Consejo de Estado argumenta que se vulneró el derecho a la información.

El presidente Gustavo Petro reaccionó a la decisión del Consejo de Estado que le ordena abstenerse de transmitir los consejos de ministros por canales privados, regionales, locales y comunitarios de televisión abierta. La medida, adoptada por la Sección Tercera del alto tribunal, amparó el derecho fundamental a la información de una ciudadana que interpuso una acción de tutela alegando que la transmisión simultánea de estos espacios gubernamentales le impidió acceder a otros contenidos informativos.
En un mensaje publicado en su cuenta de la red social X, el jefe de Estado calificó la decisión como un acto de censura. “Me quieren censurar, no es para mí sorpresa. Hasta me torturaron para que no dijera mis ideas”, escribió el mandatario.
El Consejo de Estado concluyó que la difusión de los consejos de ministros por todos los canales de televisión abierta vulnera el pluralismo informativo, al suprimir la posibilidad de acceder a diferentes fuentes de información en condiciones de igualdad. “El derecho a la información es igualmente vulnerado cuando la información difundida es única, sin la posibilidad de tener acceso, en paralelo y en las mismas condiciones, a otras fuentes de información”, indicó el fallo.
La medida judicial permite que estos consejos sigan siendo transmitidos únicamente a través de los canales públicos nacionales, como Señal Colombia y el Canal Institucional, que son operados por RTVC.
El presidente Petro cuestionó la decisión al considerar que no reconoce su investidura como jefe de Estado. “No me consideran como tal, no me consideran presidente, simplemente porque pertenezco a la corriente mundial del progresismo humano, o porque mi poder solo proviene del voto popular y no de los clubes del dinero”, señaló en su publicación.
También comparó su caso con el del expresidente Iván Duque, quien durante la pandemia dirigió un programa televisado en días consecutivos. “¿Por qué los programas de Duque no fueron censurados, si eran todos los días? ¿No se aplica la misma doctrina jurídica, simplemente porque su ideología era la misma de los magistrados?”, escribió Petro.
En su mensaje, el presidente se refirió a la relación entre medios de comunicación y poder económico. “¿Solo se puede escuchar, por orden judicial, la voz del dueño del grupo Ardila, o del grupo Santo Domingo, y de Sarmiento Ángulo? ¿Eso es lo que llaman pluralismo en la Constitución?”, cuestionó.
Aunque reiteró su desacuerdo con el contenido del fallo, el mandatario aseguró que lo acatará. “Como siempre respetaremos sentencias. No perseguimos magistrados, ni interferimos sus teléfonos, ni los asesinamos con balas del Estado, eso lo hicieron otros presidentes antes”.
El presidente concluyó su pronunciamiento haciendo un llamado a la ciudadanía a seguir los espacios gubernamentales por los canales estatales. “Le toca a la población desplazarse de los canales privados de la voz de la plutocracia, al pluralismo a los canales públicos”.
Por su parte, el ministro del Interior, Armando Benedetti, anunció que el Gobierno impugnará el fallo. “No se alegren tanto. La decisión de no transmitir los consejos de ministros será impugnada. Una tutela no puede ir en contra de la Ley 182 de 1995”, escribió el funcionario.
Benedetti agregó que, a su juicio, la decisión afecta el derecho de la ciudadanía a conocer las acciones del Ejecutivo. “Por una ciudadana que deba apagar el televisor, no se puede privar a millones de personas de que se enteren de las decisiones del Ejecutivo”, expresó. También señaló que solicitarán que la impugnación sea resuelta por la sala plena del Consejo de Estado.
El fallo judicial fue adoptado tras revisar el caso de la ciudadana María Cristina Cuéllar Cárdenas, quien argumentó que el 4 de febrero y el 3 de marzo de 2025, al intentar ver contenidos informativos en televisión abierta, no encontró otra opción distinta a la transmisión simultánea del consejo de ministros.
Según la sentencia, el derecho a la información, además de incluir el acceso a contenidos veraces y objetivos, protege la posibilidad de recibir versiones diversas y de optar por no informarse. El tribunal consideró que el uso del espectro electromagnético por parte del Gobierno debe garantizar el acceso plural al servicio público de televisión y no puede emplearse de manera exclusiva para transmitir contenido oficial.
