Detrás del poder
CNE reglamenta la publicación de encuestas para las elecciones de 2026
El Consejo Nacional Electoral (CNE) establece reglas estrictas y sanciones para la publicación de encuestas de intención de voto en las elecciones de 2026.
La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral emitió la Resolución 1197 de 2026 para regular la publicación de encuestas y sondeos de intención de voto en Colombia. La medida establece requisitos técnicos obligatorios y sanciones económicas para firmas, medios de comunicación y usuarios de plataformas digitales.
La nueva disposición normativa del tribunal electoral detalla el procedimiento técnico y legal que regirá la publicación de encuestas durante el actual calendario de los comicios legislativos y presidenciales. El documento oficial busca garantizar que los estudios de opinión pública mantengan niveles de representatividad estadística y transparencia en la divulgación de sus fichas técnicas ante la ciudadanía.
El reglamento exige que las firmas encuestadoras renueven su inscripción en el Registro Nacional de Firmas Encuestadoras y acrediten experiencia mediante al menos tres contratos ejecutados en los últimos cinco años. Las mediciones de carácter nacional deben cumplir estrictamente con un margen de error igual o inferior al 3% y un nivel de confianza del 95% en sus resultados.
Los antecedentes de esta regulación se encuentran en la ley aprobada en 2025, la cual otorgó facultades de vigilancia y control al Consejo Nacional Electoral para evitar la manipulación de la opinión pública. La norma prohíbe explícitamente la difusión de sondeos que utilicen preguntas tendenciosas o que carezcan de una muestra geográfica que incluya municipios con más de 800.000 habitantes.
“Antes de dicho momento, únicamente podrán publicarse mediciones de conocimiento, favorabilidad u opinión general, siempre que se advierta de manera expresa que no corresponden a escenarios electorales definitivos”, indica la resolución sobre los tiempos permitidos. El texto también advierte que los medios de comunicación son responsables de verificar que la información técnica de los estudios esté completa antes de su difusión.
El régimen sancionatorio estipulado por la autoridad electoral contempla multas que oscilan entre los 25 y 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quienes infrinjan las disposiciones de diseño o divulgación. Además, las empresas que incumplan los estándares técnicos enfrentarán suspensiones del registro oficial por periodos que van desde los seis meses hasta los dos años de inhabilidad.