Justicia y control
Conceden libertad condicional a Emilio Tapia tras cumplir más de 48 meses de prisión
El Juzgado Primero de Ejecución de Penas de Barranquilla otorgó la libertad condicional a Emilio Tapia, condenado por el caso Centros Poblados. La Procuraduría apeló la decisión al advertir que habría incumplido condiciones legales para acceder al beneficio.

El contratista Emilio José Tapia Aldana, condenado por su participación en el escándalo de corrupción del caso Centros Poblados, obtuvo la libertad condicional por decisión del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla. Según el fallo, Tapia ya ha cumplido 48 meses y 10 días de la pena de 76 meses que le fue impuesta, superando las tres quintas partes exigidas por ley para acceder a este beneficio.
“Dicho subrogado de la libertad condicional se le concede por un período de prueba de 27 meses y 20 días, que es el tiempo que le falta para cumplir la totalidad de la pena de prisión que le fue impuesta”, se lee en la decisión judicial emitida el 28 de marzo de 2025.
El fallo se fundamentó en varios informes favorables. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emitió un concepto positivo destacando el buen comportamiento de Tapia, su participación en actividades de resocialización y el cumplimiento de obligaciones durante la reclusión. Además, un análisis de arraigo familiar y social concluyó que el condenado cuenta con una estructura de apoyo estable, lo cual favorecería su proceso de reintegración.
Emilio Tapia, recluido en la cárcel El Bosque de Barranquilla desde septiembre de 2021, había sido condenado por los delitos de falsedad en documento privado, fraude procesal y peculado por apropiación agravado, tras un preacuerdo con la Fiscalía. En el caso Centros Poblados se probó que se falsificaron documentos para lograr la adjudicación de un contrato de conectividad por más de un billón de pesos, cuyos anticipos fueron desviados irregularmente.
No obstante, la Procuraduría General de la Nación apeló la decisión al considerar que Tapia no cumple con todos los requisitos legales para acceder al beneficio. “El condenado Emilio José Tapia Aldana incurrió en la prohibición establecida en el inciso segundo del artículo 150 de la Ley 65 de 1993, lo que lo hace indigno del beneficio concedido”, indicó el Ministerio Público. Según la apelación, Tapia habría cometido hechos punibles durante el tiempo de reclusión, situación que, de comprobarse, impediría el otorgamiento de la libertad condicional.
Entre las condiciones impuestas por el juzgado para la efectividad del beneficio se encuentra la permanencia bajo vigilancia judicial, la prohibición de salir del país sin autorización previa y el pago de una caución prendaria equivalente al 50% de un salario mínimo legal mensual vigente. Además, el despacho ordenó la expedición del oficio de libertad dirigido al establecimiento penitenciario El Bosque, sujeto a que no exista ningún otro requerimiento judicial en su contra.
