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Decreto 0175 desata controversia por contratación directa en plena Ley de Garantías

La medida, expedida en el marco de la emergencia económica por la ola invernal, exceptúa restricciones de la Ley de Garantías y elimina el límite del 50% para adiciones contractuales. La senadora Angélica Lozano cuestionó el alcance del decreto.

Presidente de Colombia, Gustavo Petro. Foto: Presidencia de la República.

El Decreto 0175 de 2026, firmado por el presidente Gustavo Petro en el marco de la emergencia económica declarada por la ola invernal en la Costa Atlántica, abrió un debate jurídico y político sobre su impacto en la contratación estatal durante el periodo electoral. El artículo 12 de la norma autoriza la contratación directa para atender la emergencia y exceptúa las restricciones previstas en la Ley de Garantías.

La disposición permite a las entidades públicas adquirir bienes, servicios y logística necesarios para ejecutar las medidas derivadas de la emergencia sin adelantar procesos de selección competitivos. Además, establece que los contratos vigentes o suscritos para enfrentar la crisis podrán adicionarse sin el límite del 50% del valor inicial contemplado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993, lo que modifica una de las reglas tradicionales de la contratación pública.

El parágrafo tercero del artículo 12 señala que las medidas adoptadas en desarrollo del decreto quedarán exceptuadas de la prohibición contenida en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías, que restringe la contratación directa en época preelectoral. El texto indica que estas contrataciones se regirán por los requisitos de la contratación entre particulares, con aplicación de los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007.

La senadora Angélica Lozano cuestionó públicamente el alcance del decreto. “Alerta. En medio de la emergencia invernal, el Gobierno metió esta perla en el Decreto 0175. Un artículo amplía la contratación directa, elimina límites a las adiciones y elimina la restricción de la ley de garantías. En plena época electoral”, escribió la congresista en su cuenta oficial de la red social X. Lozano reconoció la necesidad de agilidad en la atención de la emergencia, pero afirmó que ese aspecto “no está en discusión”.

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El Gobierno expidió los decretos 0173, 0174, 0175, 0176 y 0177 de 2026 como parte de un paquete de medidas para enfrentar las inundaciones registradas en Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó. Entre las decisiones adoptadas se incluyen impuestos temporales, mecanismos excepcionales de contratación y alivios financieros para el sector agropecuario.

Según el Ministerio de Hacienda, la emergencia proyecta un recaudo cercano a $8 billones. El ministro Germán Ávila advirtió que el monto podría resultar insuficiente frente a la magnitud de los daños. La Contraloría General de la República informó, por su parte, que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo tendría disponibles alrededor de $2,69 billones para atender la contingencia, lo que abrió interrogantes sobre la destinación de los nuevos recursos.

En materia agropecuaria, el Decreto 0175 creó el Plan de Alivio a la Deuda Agropecuaria, orientado a pequeños productores con créditos vigentes en el Banco Agrario otorgados antes de la declaratoria de emergencia y sin mora al 31 de diciembre de 2025. El alivio podrá cubrir hasta el 95% del capital e intereses corrientes, con un tope máximo de $12 millones por beneficiario. La norma también ordena la suspensión por seis meses de procesos de ejecución y cobro relacionados con créditos de fomento agropecuario.

El Decreto 0176 estableció medidas para garantizar la continuidad del Programa de Alimentación Escolar en las zonas afectadas, incluida la entrega de raciones para preparar en casa cuando se suspendan las clases presenciales. A su vez, el Decreto 0177 dispuso que las empresas generadoras de energía hidroeléctrica y térmica con infraestructura en las cuencas impactadas deberán transferir un 2% adicional sobre sus ventas brutas de energía durante seis meses.

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La discusión jurídica se centra ahora en el alcance constitucional de la excepción a la Ley de Garantías dentro de un estado de emergencia económica. Expertos han señalado que la Corte Constitucional deberá revisar los decretos legislativos para determinar si las medidas guardan conexidad directa con la crisis climática y si cumplen los requisitos de necesidad y proporcionalidad exigidos por la Constitución.

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