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Judicial

24 alcaldías celebraron millonarios contratos sin cumplir todos los requisitos

Estos contratos, que sumados superan los $697 millones, tienen como objeto construir obras de infraestructura de transporte, o de acueducto y alcantarillado.

La Procuraduría General de la Nación requirió a 24 alcaldías de 13 departamentos del país que, presuntamente, no utilizaron en sus procesos de contratación los Documentos Tipo, estando obligadas a hacerlo. 

Estos contratos, que sumados superan los $ 697 millones, tienen como objeto construir obras de infraestructura de transporte, o de acueducto y alcantarillado. 

En el ejercicio de su función preventiva, el ente de control hizo un llamado a los mandatarios territoriales a utilizar y aplicar en su integralidad los Documentos Tipo conforme a las directrices de Colombia Compra Eficiente, recordándole que su inaplicación puede implicar presuntas faltas disciplinarias. 

La Procuraduría General de la Nación continuará con la vigilancia a los procesos de contratación que deban utilizar estos documentos, en especial cuando las entidades intenten evitar su obligatoriedad.

Los departamentos con sus respectivas alcaldías requeridas por el Ministerio Público son:

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Antioquia: Puerto Nare, Apartadó, Titiribí, Maceo.

Bolívar: San Juan Nepomuceno.

Boyacá: Guicán de la Sierra.

Caquetá: Milán.

Cauca: Guachené, Villa Rica, Silvia.

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Chocó: Quibdó, Medio Baudó, Medio San Juan, Bajo Baudó, Río Quito, Unguía.

Córdoba: Puerto Libertador.

Cundinamarca: Tena.

Magdalena: Tenerife.

Meta: Macarena.

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Norte de Santander: Sardinata.

El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020, que modificó el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018, define que la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente adoptará los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Estos documentos contienen y regulan los aspectos transversales a todos los procesos y sectores. Determina cuales son las causales de rechazo, las reglas de subsanabilidad, la sección de moneda e idioma, el conflicto de interés, los criterios de evaluación y desempate y demás aspectos que no cambian según el proceso

Dichos documentos incluyen las condiciones de requisitos habilitantes, factores técnicos, económicos y otros factores de escogencia de carácter obligatorio para las entidades estatales regidas por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

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